REGLAS DISCIPLINARIAS

Las reglas disciplinarias tienen por objeto fundamental preservar al torneo dentro del espíritu del deporte amateur, según lo expresado en la introducción al reglamento. Para lograrlo se encargará de sancionar las faltas cometidas antes, durante o después del partido por jugadores, espectadores y/o simpatizantes de los equipos, se hallen o no dentro del campo de juego. El marco general para la/s sanción/es será el espíritu de Fair Play y caballerosidad deportiva que debe reinar en cualquier deporte, más especialmente en el caso de un torneo amateur, cuyo propósito final es exclusivamente el esparcimiento y el encuentro entre amigos mediante la práctica del deporte

La aplicación de las mismas queda a criterio del Tribunal de Disciplina, salvo casos excepcionales en los cuales, por circunstancias a determinar por la Organización, sea conveniente convocar a una asamblea de capitanes.

Los actos de indisciplina se pueden enmarcar en tres campos diferenciados: a) los que se cometen entre los jugadores; b) los que involucran a jugadores con arbitro y/o árbitros asistentes, y c) los que involucran a jugadores con el personal de la Organización; según dos puntos fundamentales, el principio de autoridad y el grado de involucramiento en el juego, de la relación entre estos dos puntos, la gravedad del acto y los antecedentes surgen los mínimos y máximos de las sanciones. Las sanciones a jugadores por acción prohibida por las reglas del juego durante el desarrollo del partido se regirán según las disposiciones vigentes de la Asociación del Fútbol Argentino, y quedará a criterio del árbitro del encuentro su aplicación.

LA ORGANIZACION, puede imponer hasta el doble de la pena sugerida por la respectiva disposición reglamentaria, al jugador cuya infracción provoque la suspensión del partido.

Si la sanción aplicada al jugador fuera de más de 3 fechas de suspensión, la misma será válida para todos los equipos en los que el mismo participe. En el caso de sanciones de 3 ó menos fechas de suspensión la misma tendrá validez sólo para el equipo en cuestión.

Si por algún motivo, el arbitro del partido lo diera por terminado antes de la finalización reglamentaria del mismo, la decisión sobre el resultado del partido quedara en poder de LA ORGANIZACIÓN.

El Tribunal de Disciplina accionara tanto en los casos de jugadores expulsados durante el tiempo reglamentario del partido, como así también sobre todas las personas incluidas en los informes de los árbitros, árbitros asistentes, o personal de LA ORGANIZACIÓN antes, durante o después de los partidos. Los fundamentos del campo de acción del Tribunal de Disciplina se reflejan en el articulo 210º del Reglamento de Transgresiones y Penas de la A.F.A., que se transcribe, en parte:

"... si mediaren los informes oficiales que prevén las disposiciones de la A.F.A., las penas prescriptas en los artículos 183º al 209º de este Reglamento, podrán ser de aplicación aun en los supuestos que el infractor no haya sido expulsado de la cancha..."

El Jugador que infrinja las disposiciones contenidas en el Reglamento o incurra en actos de indisciplina y sea expulsado del campo de juego, quedará automáticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida LA ORGANIZACION. Del fallo definitivo se descontará la pena cumplida por esta suspensión automática.

En caso de incidentes protagonizados por simpatizantes y/o suplentes de un equipo el Tribunal de Disciplina podrá sancionar al equipo según lo previsto en 3.3.7.

3.1. Actos de indisciplina entre jugadores:

Siendo los jugadores los partícipes directos del juego, y dando por sentado que todos se hallan en condición de igualdad ante la autoridad, los mínimos y máximos de las sanciones a tomar surgirán de la gravedad del acto en sí mismo, de la intencionalidad, de los antecedentes de/los infractor/es y del principio de acción y reacción. Las sanciones orientativas que se describen a continuación se encuentran tipificadas en los artículos 198º, 199º, 200º, 201º, 202º, 203º, 204º, 205º, 206º del Reglamento de Transgresiones y Penas de la A.F.A., como así también en la Regla XII del reglamento de la F.I.F.A., la cual se transcribe, en parte a continuación:

"... las faltas y conducta antideportiva se sancionaran de la siguiente manera:

Tiro libre directo: se concederá un tiro libre al equipo adversario si un jugador comete una de las siguientes seis faltas de una manera que el arbitro considere temeraria, peligrosa o con el uso de una fuerza excesiva:

Dar o intentar dar una patada a un adversario.

Poner o intentar poner una zancadilla a un adversario.

Saltar sobre un adversario.

Cargar contra un adversario.

Golpear o intentar golpear a un adversario.

Empujar a un adversario.

Se concederá asimismo un tiro libre directo al equipo adversario si un jugador comete una de las siguientes cuatro faltas:

En el momento de luchar por el balón, da una patada al adversario antes de tocar el balón.

Sujetar a un adversario.

Escupir a un adversario.

Tocar el balón con las manos deliberadamente (se exceptúa al guardameta dentro de su propia área penal).

El tiro libre directo se cometerá desde el lugar en donde se cometió la falta.

Tiro Penal: Se concederá un tiro penal si un jugador comete una de las diez faltas mencionadas dentro de su propia área penal, independientemente de la posición del balón y siempre que el mismo este en juego.

Tiro Libre indirecto: se concederá un tiro libre indirecto al equipo adversario si un guardameta comete una de las siguientes cinco faltas dentro de su propia área penal:

Tarda mas de seis segundos en poner el balón en juego después de haberlo controlado con sus manos.

Volver a tocar el balón con las manos después de haberlo puesto en juego y sin que cualquier otro jugador lo haya tocado.

Tocar el balón con las manos después de que un jugador de su equipo se lo haya cedido con el pie.

Tocar el balón con las manos después de haberlo recibido directamente de un saque de banda lanzado por un compañero.

Perder tiempo.

Se concederá asimismo un tiro libre indirecto al equipo adversario si un jugador, en opinión del arbitro:

Juega en forma peligrosa.

Obstaculiza el avance de un adversario.

Impide que el guardameta pueda sacar el balón con las manos.

Comete cualquier otra falta que no haya sido anteriormente mencionada en la Regla 12, por la cual el juego sea interrumpido para amonestar o expulsar a un jugador.

El tiro libre indirecto se lanzara desde el lugar donde se cometió la falta.

SANCIONES DISCIPLINARIAS:

Faltas sancionables con una amonestación: un jugador será amonestado y recibirá la tarjeta amarilla si comete una de las siguientes siete faltas (la séptima se transcribe en sanciones por acciones contra el arbitro):

Ser culpable de conducta antideportiva.

Infringir persistentemente las reglas de juego.

Retardar la reanudación del juego.

No respetar la distancia reglamentaria en un saque de esquina o tiro libre.

Entrar o volver a entrar en el terreno de juego sin permiso del arbitro.

Abandonar deliberadamente el terreno de juego sin el permiso del arbitro.

Faltas Sancionables con una expulsión: Un jugador será expulsado y recibirá tarjeta roja si comete una de las siguientes siete faltas:

Ser culpable de Juego Brusco grave.

Ser culpable de conducta violenta.

Escupir a un adversario o a cualquier otra persona.

Impedir con mano intencionada un gol o malograr una oportunidad manifiesta de marcar un gol (esto no vale para el guardameta dentro de su propia área penal).

Malograr la oportunidad manifiesta de marcar un gol a un adversario que se dirige hacia la meta del jugador mediante una falta sancionable con tiro libre o penal.

Emplea lenguaje o gesticula de manera ofensiva, grosera u obscena.

Recibir una segunda amonestación en el mismo partido.

Además se tomaran como validas las decisiones del International F.A. Board que se transcriben a continuación:

Se concederá un tiro penal si un guardameta golpea o intenta golpear a un adversario en su área penal lanzándole el balón mientras el mismo esta en juego.

Si un jugador comete una falta sancionable con una amonestación o una expulsión, ya sea dentro o fuera del terreno de juego, a un adversario, un compañero, al arbitro, arbitro asistente o a cualquier otra persona, será castigado conforme a la naturaleza de la falta cometida.

Se considerara que el guardameta controla el balón cuando lo toca con cualquier parte de sus manos o brazos. La posesión del balón incluirá asimismo la atajada intencional por el guardameta, pero sin implicar el caso cuando – según el arbitro – el balón rebota accidentalmente del guardameta, por ejemplo, tras efectuar una salvada. El guardameta será culpable de perder tiempo si retiene el balón en sus manos durante mas de 5 a 6 segundos.

En virtud de las estipulaciones de la Regla 12, un jugador podrá pasar el balón a su guardameta utilizando su cabeza, el pecho, o la rodilla, etc. No obstante, si en opinión del arbitro, un jugador emplea un truco deliberado para evadir la Regla, mientras el balón esta en juego, el jugador será culpable de conducta antideportiva. Será amonestado, recibirá la tarjeta amarilla y se concederá un tiro libre indirecto al equipo adversario desde el lugar en que se cometió la falta. Un jugador que emplee un truco para burlar la Regla mientras ejecuta un tiro libre, será sancionado por conducta antideportiva y recibirá la tarjeta amarilla. Se volverá a lanzar el tiro libre. En tales circunstancias, será irrelevante si el guardameta toca o no posteriormente el balón con las manos. La falta es cometida por el jugador que intenta burlar tanto la letra como el espíritu de la Regla 12.

Una entrada por detrás que ponga en peligro la integridad física de un adversario deberá ser sancionada como Juego Brusco grave.

Toda simulación en el terreno de juego que tenga por finalidad engañar al arbitro será sancionada como conducta antideportiva.

Con respecto a las suspensiones automáticas a los jugadores expulsados, el articulo 27º del Reglamento de Transgresiones y penas de la A.F.A. dice:

"... el jugador que infrinja las disposiciones contenidas en las Reglas de Juego, Reglamento de la A.F.A. o incurra en actos de indisciplina y sea expulsado del campo de juego en partido oficial, quedara automáticamente inhabilitado para actuar hasta tanto se expida el Tribunal de Disciplina. Del fallo definitivo se descontara la pena cumplida a raíz de esta suspensión automática..."

North Champ S.R.L. ha resuelto que este principio regirá para toda expulsión producida durante los encuentros.

3.2. Sanciones por no contar con el mínimo reglamentario de jugadores:

El articulo 108º del Reglamento General de la A.F.A. establece, entre otras cosas:

"... el arbitro deberá suspender el partido cuando alguno de los equipos cuente con menos de 7 (siete) jugadores...."

North Champ S.R.L. ha determinado que en el caso que EL EQUIPO contara con 7 (siete) jugadores y uno de ellos fuera expulsado o tuviera que retirarse de la cancha por otro motivo, el partido quedara automáticamente terminado y se aplicará la ley del walk-over (ver Ley de Walk Over: 1.7.).

En el caso del Torneo Fútbol 7 el mínimo reglamentario será de 5 (cinco) jugadores. 

3.3. Sanciones y penas por actos de indisciplina entre jugadores:

A continuación se detallan las sanciones ORIENTATIVAS previstas para los casos en que actúe el Tribunal de Disciplina. North Champ S.R.L. adhiere a las normativas dispuestas por la F.I.F.A. y adaptara las sanciones previstas por el Reglamento de Transgresiones y Penas de la Asociación del Fútbol Argentino a sus torneos de la siguiente forma:

3.3.1. Suspensión de 3 a 8 partidos al jugador que cause lesión, en la misma temporada, a tres o más jugadores, por acción de juego violento en forma que imposibilite para actuar a cada damnificado por un partido por lo menos.

3.3.2. Suspensión de 2 a 6 partidos, al jugador que por acción violenta, prohibida por las Reglas de Juego o por agresión, deje a otro jugador en inferioridad de condiciones o imposibilitado para continuar la disputa del partido o impedimento para poder jugar por tiempo indeterminado.

3.3.3. Suspensión de 3 a 10 partidos al jugador:

a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si este fuera aplicado de atrás, mínimo para este hecho será de 4 partidos:

1º) Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.

2º) Cachetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.

3º) Puntapié: no estando la pelota en disputa entre ambos jugadores.

4º) Rodillazo: estando o no en disputa la pelota entre ambos jugadores.

5º) Cabezazo: sin estar disputando la pelota el jugador que lo aplique.

6º) Tacazo: sin estar disputando la pelota el jugador que lo aplique.

7º) Codazo: sin estar disputando la pelota el jugador que lo aplique.

8º) Plancha: que llegue a destino, aplicada estando o no en disputa la pelota entre ambos jugadores.

9º) Pisar intencionalmente al adversario, estando el juego detenido.

10º) Arrojar la pelota con las manos o pies en forma deliberada al adversario, golpeándolo en el cuerpo o en la cara.

11º) Derribe, embiste, empuje, de empellones o zamarree violentamente a otro jugador o lo agarre en forma agresiva del cuello, de los cabellos, etc.

b) Que salivare en forma deliberada a otro jugador .

3.3.4.Suspensión de 2 a 10 partidos, al jugador que:

a) Replique la agresión a que fuera objeto, incurriendo en las mismas acciones especificadas en el artículo anterior de este Reglamento, salvo caso de legítima defensa.

b)Incurra en cualquier otra acción violenta prohibida por las Reglas de Juego como:

1º) Puntapié, que llega a destino estando en juego la pelota en ese momento entre ambos jugadores.

2º) Pisar intencionalmente al adversario mientras disputan la pelota.

3º) Tacazo, al adversario mientras disputan la pelota.

4º) Codazo, al adversario, mientras disputan la pelota.

5º) Planchazo que no llega a destino, arrojado estando o no la pelota entre ambos jugadores.

6º) Cabezazo al adversario aplicado deliberadamente, mientras disputan la pelota.

7º) Golpe fuerte al arquero, aplicado por el adversario en forma deliberada cuando aquel esta en poder de la pelota.

8º) Violento foul intencional.

3.3.5. Suspensión de 1 a 10 partidos, al jugador que:

a) Se exceda en caso de legítima defensa, en los medios racionales para repeler la agresión de que fuera objeto.

b) Por agresión frustrada (cualquier golpe que no llegue a destino y cuya sanción no esté prevista en este Reglamento), o por intento de agresión, o por amago de agresión

c) Impida de manera intencionada a un adversario una oportunidad manifiesta de marcar un gol, con medios ilegales (Ley del último recurso)

d) Insulte, agravie, ofenda, se mofe o burle de palabra, gesto o actitud a un jugador adversario.

e) Juego Brusco simple (actos de juego brusco que se realicen con menor violencia).

f) Cuando las acciones especificadas en el art.28 de este Reglamento, se realicen con menor violencia o constituyan provocación de hecho. 

3.3.6. Sanciones en caso de agresión grupal:

Cuando dos o mas jugadores de EL EQUIPO se vean involucrados en casos de agresión EL EQUIPO podrá ser sancionado en su conjunto. Las penas previstas para estos casos contemplaran inhabilitaciones a cada jugador ,y/o inhabilitaciones al plantel completo de EL EQUIPO, y/o aplicación de tarjetas rojas en la tabla de Fair Play al equipo, y/o descuento de puntos, y/o expulsión del campeonato a jugadores puntualmente, y/o expulsión del campeonato a EL EQUIPO. 

3.3.7. Sanciones en caso de tumulto Generalizado:

En caso de tumulto general antes, durante o después del encuentro, ya sea entre jugadores, como así también con las autoridades del partido, quedaran a criterio del Tribunal de Disciplina las sanciones que este considere correspondientes. Estas sanciones van desde la suspensión de los jugadores intervinientes según lo reglamentado hasta la suspensión de EL EQUIPO por tiempo indeterminado. Quedaran a criterio del Tribunal de Disciplina los puntos en juego. Se deja constancia que el partido quedara suspendido en el momento que el arbitro así lo disponga. En caso de no haberse cumplido el tiempo reglamentario, este no podrá ser concluido en otra oportunidad, salvo que excepcionalmente LA ORGANIZACIÓN así lo dispusiera.

3.3.8. Sanción por acumulación de tarjetas amarillas:

El articulo 208º del Reglamento de Transgresiones y penas de la A.F.A. dice, entre otras cosas:

"... suspensión de uno a cuatro partidos al jugador de división superior que registre en el Tribunal de Disciplina deportiva cuatro amonestaciones cualquiera fueran los motivos, impuestas por los árbitros en partidos oficiales diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la temporada respectiva...

North Champ S.R.L. ha resuelto:

1. Establecer la cantidad de tarjetas acumulables en 3 (tres) tarjetas amarillas.

2. Establecer el periodo de medición en 5 (cinco) fechas consecutivas de juego.

3. Suspender por 1 (un) partido a aquel jugador que registrare 3 tarjetas amarillas en el periodo determinado en 2.

4. No Incluir en este sentido a las tarjetas amarillas obtenidas por medio de una expulsión por doble amonestación, la cual se considerará como roja en la tabla de Fair Play.

5. Limpiar el registro de tarjetas amarillas del jugador una vez que haya finalizado el torneo, en caso que la acumulación derivare de una tarjeta amarilla obtenida en la última fecha de juego, la suspensión se tomará para el siguiente partido de torneo, copa o clasificatoria.

3.3.9. Faltas administrativas derivadas de sanciones disciplinarias:

Cuando uno o mas jugadores fueran sancionados ya sea con una tarjeta amarilla, como así también con una tarjeta roja, estas se acumularan en una "Tabla de Fair Play". A su vez, EL EQUIPO será sancionado con faltas administrativas acumulativas en el siguiente orden:

a) Cada 5 (cinco) amarillas obtenidas 1 (una) falta administrativa.

b) Cada expulsión por doble amarilla 1 (una) falta administrativa.

c) Cada expulsión por roja directa 2 (dos) faltas administrativas. 

3.4. Actos de indisciplina hacia los árbitros y/o árbitros asistentes:

El criterio principal a tomar en cuenta para sancionar actos de indisciplina hacia el árbitro es el principio de autoridad. Siendo el árbitro el encargado de administrar el reglamento de juego durante el desarrollo del partido, y asentando que el mismo es imparcial y objetivo, las sanciones revisten el grado máximo de gravedad, ya que si la autoridad del mismo es desobedecida se torna imposible el desarrollo del partido. Será sancionado cualquier jugador que agreda, agravie o desacate al arbitro o a los árbitros asistentes (jueces de línea). En caso de que estas acciones fueran llevadas a cabo por simpatizantes de un equipo, EL EQUIPO recibirá una sanción en su conjunto, siendo este el único responsable por la gente que invita a presenciar su partido. A continuación se citan diferentes reglamentaciones abarcativas de las funciones y derechos de los árbitros y del respeto que se les debe:

Regla V (F.I.F.A.): "...un arbitro deberá ser designado para dirigir cada partido. Su competencia y el ejercicio de sus poderes, otorgados por las Reglas de Juego, empezaran en el momento en que entra en el terreno de juego. Su facultad de sancionar se extenderá a las infracciones cometidas durante una suspensión temporal del juego y cuando el balón este fuera de juego. Su decisión de hecho en relación con el juego deberá ser definitiva, en tanto que se refiera al resultado del juego..." "...tendrá poder discrecional para parar el juego cuando se cometan infracciones a las reglas, para interrumpir o suspender definitivamente el partido cuando lo estime necesario a causa de los elementos, la intervención de los espectadores o por otros motivos. En tales casos hará llegar un informe detallado de los hechos al organismo competente, en la forma y plazo determinados por los reglamentos de la asociación bajo cuya jurisdicción se juegue el partido..." "... expulsara del terreno de juego y mostrara la tarjeta roja a todo jugador que, en su opinión, sea culpable de conducta violenta, de juego brusco grave, de utilizar un lenguaje soez o injurioso, si es culpable de haber cometido una segunda infracción que merezca una amonestación..."

De las decisiones del International Board a la Regla V: "... el arbitro tiene el poder de interrumpir definitivamente el encuentro en caso de incidente grave, pero no tiene el poder de decretar que uno u otro equipo quede descalificado y deba ser considerado como vencido. El arbitro deberá enviar un informe detallado al organismo competente, el único que tiene derecho a decidir la situación..."

De la Regla XII, Faltas e incorrecciones (F.I.F.A.): "...todo jugador que proteste contra una decisión del arbitro será amonestado. Todo jugador que agreda o insulte a un arbitro será expulsado. Aunque el capitán de un equipo es el responsable de la conducta de este, no tiene derechos especiales..."

Del articulo 162º del Reglamento General de la A.F.A.: "... Los árbitros tendrán derecho para suspender los partidos antes o después de comenzados en los siguientes casos: a) por no encontrarse la cancha en condiciones que permitan el juego; b) por falta de luz que haga imposible el juego; c) Por mal comportamiento de los jugadores o del publico, que haga imposible su actuación; d) Cuando se presenten los extremos del art. 108º de este Reglamento (referido al numero mínimo reglamentario de jugadores necesarios para que el encuentro se pueda llevar a cabo – o proseguir - ); e) Por lesión provocada por agresión de cualquier naturaleza al arbitro, arbitro asistente o asistente deportivo (veedor) y jugadores..." 

3.5. Sanciones y penas por actos de indisciplina cometidos contra árbitros y/o árbitros asistentes:

A continuación se detallan las sanciones ORIENTATIVAS previstas para los casos en que actúe el Tribunal de Disciplina. La agresión, intento de agresión, agravio, insulto, ofensa o burla contra el árbitro, juez de línea o asistente deportivo, que se cometan fuera del campo de juego, serán reprimidos con igual pena que la establecida para las infracciones cometidas dentro del campo de juego. Cuando la agresión fuera producida por más de una persona, se considerara AGRESION GRUPAL, y las sanciones irán dirigidas a la totalidad del equipo. Toda falta contra la autoridad o la persona del juez de línea, del veedor o supervisor del partido, merece igual pena que la cometida contra el árbitro del partido.

North Champ S.R.L. adhiere a las normativas dispuestas por la F.I.F.A., A.F.A., e International Board y adaptara las sanciones previstas por el Reglamento de Transgresiones y Penas de la Asociación del Fútbol Argentino a sus torneos de la siguiente forma:

3.5.1. Suspensión de un año a expulsión del Campeonato al jugador que agreda al arbitro aplicándole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarree violentamente con propósitos de agresión.-

3.5.2. Suspensión de 6 meses a un año al jugador que salivare en forma deliberada, intente agredir, amenace u ofenda gravemente al árbitro, le arroje intencionalmente la pelota con manos o pies alcanzando a golpearlo o cualquier otro ataque que se realice con menos violencia que en los casos previstos en el artículo anterior.

3.5.3. Suspensión de 1 a 8 partidos al jugador que provoque de palabra o actitud al árbitro, discuta en tono violento, ofenda o insulte, se mofe o burle de palabra, gesto, actitud, ademán equívoco, hacerle ademanes obscenos o injuriosos, manosearlo o tironearlo de la ropa o inferirle cualquier otro agravio.

3.5.4. Advertencia o suspensión de 1 fecha, al jugador que con gestos o actitudes tienda a inducir a error al árbitro o al juez de línea, simulando estar lesionado o haber sido lesionado.

3.5.5. Suspensión de 2 a 6 partidos, al jugador que abandone la cancha originando la suspensión del partido o la abandone como acto de disconformidad con el fallo del árbitro.

3.5.7. Suspensión de 2 a 6 partidos, al jugador que exteriorice su protesta o resistencia contra la autoridad del árbitro, abandonando el juego y permaneciendo inactivo en la cancha, o facilitando la libre acción de los jugadores adversarios o perturbando en cualquier otra forma el normal desarrollo del partido.

3.5.8. Suspensión de 1 a 4 partidos al jugador que desacate una orden impartida por el árbitro, demorando su cumplimiento o retardando la prosecución del juego, o realice cualquier acto que signifique desobediencia contra la autoridad de aquel.

3.5.9. Suspensión de 2 a 6 partidos, al jugador que se resista a cumplir la orden de expulsión de la cancha impartida por el árbitro. Se entiende que hay resistencia, cuando el jugador tiene que se retirado por la autoridad fuera de la cancha, cuyo caso es el veedor o supervisor del partido, compañeros o adversarios.

3.5.10. Advertencia o suspensión de 1 partido, al jugador que dentro de la cancha, formule cualquier clase de apreciaciones sobre las decisiones adoptadas por el árbitro.

3.6. Actos de indisciplina hacia LA ORGANIZACIÓN (veedores, supervisores, organizadores):

El personal de la organización tiene como función anterior al partido proveer los medios para el normal desarrollo del mismo, a saber: pelotas, llenado de planillas, asistencia a jugadores y condiciones generales del campo de juego (redes y banderines). Una vez iniciado el encuentro y hasta su finalización, se limitará a mantener las condiciones del material de juego y ser testigo imparcial, objetivo y fundamentalmente, externo de todo lo que sucede dentro del campo de juego, no pudiendo en ningún caso intervenir u opinar en las decisiones que sobre la aplicación de las reglas de juego tome el árbitro, salvo que el árbitro lo solicite en casos excepcionales. De la condición de testigo objetivo, imparcial y externo y siendo que el personal de la organización se encuentra al servicio de los jugadores, las faltas cometidas contra su persona revisten una gravedad mayor que las cometidas entre jugadores y su sanción tomará criterios similares a las cometidas contra el árbitro y/o árbitros asistentes.

 

A continuación se transcriben algunas normativas que regulan algunas de las funciones adicionales de los veedores:

Art. 179º del reglamento General de A.F.A.: "...el control del desempeño de los árbitros, a efectos de procurar la elevación de su nivel técnico, estará a cargo de un Cuerpo de Veedores..."

Art. 180º del Reglamento General de la A.F.A.: "... en cumplimiento de sus funciones los asistentes deportivos deberán informar al Tribunal de Disciplina deportiva, cualquier transgresión a las normas reglamentarias y disciplinarias vigentes..."

North Champ S.R.L. adhiere a las normativas dispuestas por la F.I.F.A., A.F.A., e International Board y adaptara las sanciones previstas por el Reglamento de Transgresiones y Penas de la Asociación del Fútbol Argentino a sus torneos de la siguiente forma:

3.2.1. Suspensión de 1 a 8 partidos al jugador que injurie, agravie, o falte gravemente el respeto a LA ORGANIZACIÓN o miembros de la misma (tanto veedores, como supervisores y organizadores en funciones).

3.2.2. Suspensión de 4 partidos a expulsión del Campeonato al jugador que agreda o intente agredir, a miembros de LA ORGANIZACION por actos relacionados con la función de este.